Cada día tenemos casos particulares de separaciones patrimoniales por el efecto de la disolución del vínculo familiar, y es por eso que, dentro de todos los temas que hay en esta rama de la abogacía, recopilaremos entre otras muchas las preguntas más frecuentes que los especialistas de SF abogados solucionan día tras día.
Si quieres conocer toda la información del derecho de familia, consulta primero nuestro artículo.
1.¿Qué es el divorcio?
El divorcio es el proceso legal por el cual, se pone fin al término de matrimonio, los derechos y a las obligaciones que un día se prometieron en la declaración legal de pareja.
Además, este proceso incluye los temas anexos a la unión, como son la manutención de los hijos (en el caso que los hubiera), la división del patrimonio común (donde son los casos que más problemas causan en la separación de los bienes), y las compensaciones económicas en caso que sea necesario por cónyuges sin trabajo.
2.¿Qué es lo primero tengo que hacer para divorciarme?
Lo primero que debes hacer es, presentar la acción judicial correspondiente (Demanda), en el Juzgado de familia que te corresponda, y poner fin al término del matrimonio.
Debe presentarse una acción judicial (demanda), mediante la cual se le solicita a un Juzgado de Familia que declare el término del matrimonio.
3.¿Es necesario siempre un abogado para tramitar un divorcio?
La respuesta es una incógnita. Dado que existen innumerables tipos de divorcios, y cada uno es muy diferente a otro, conviene en la medida de lo posible contar, con un profesional que controle y tenga toda la información de la mano para que no tengamos que recurrir a acciones más desfavorecidas por descuido, o por inconsciencia.
Contar con profesionales cerca siempre es mejor que realizar las cosas siguiendo unas pautas básicas que puedan definir bajo un caso general de separación.
Además que para realizar los trámites correspondiente ante el Juzgado de familia, es obligatorio dicha figura, salvo que el Juez haga una excepción por motivos fundados.
Paralelamente a este último punto, la acción judicial que se debe presentar, puede ser diferente en función de quien de los dos realiza el divorcio.
4.¿Bajo qué circunstancias se puede pedir un divorcio?
A la anterior demanda judicial al juzgado de familia se le pueden atribuir tres situaciones:
- Divorcio Remedio- Bilateral
Ambas personas solicitan el proceso por cese de convivencia entre ambos cónyuges.
Para que esto pueda ser así, se ha de acreditar un tiempo mínimo de un año de convivencia. En esta situación cada uno habrá de acompañar a la acción judicial, un acuerdo que detalle los temas anexados a su divorcio explicados con anterioridad (Manutención, separación de bienes y patrimonio, compensaciones económicas, etcétera), así como la relación final con los hijos (en el caso que los hubiera), quien se encarga de ellos y como se relacionará con el padre que no se los queda.
- Divorcio remedio - Unilateral
A diferencia del Bilateral, este solo es necesario que uno de los dos pida la sentencia, y será necesario que acredite en el juicio que el cese de la convivencia se ha producido a lo largo de un periodo mayor a tres años. De esta forma no es necesaria la aprobación del otro. Dado que no hay acuerdo pactado, toda la relación de la situación dictaminada en el divorcio, será regulado mediante el juicio de separación. Destacaremos que en caso de incumplimiento de las obligaciones de alimentos durante el periodo del cese de la convivencia, el juez podrá negarse a dar lugar el divorcio.
- Divorcio Sanción o Divorcio por Culpa
Existen casos en el que uno de los cónyuges ha dado lugar a comportamientos negativos graves, que atentan a las obligaciones provocando que la vida en pareja no se pueda tolerar.
Para que eso no sea evaluado de forma subjetiva, la ley ha realizado una lista de estos comportamientos para poder solicitar el divorcio en caso de cumplir con algún punto de la siguiente lista:
- Maltrato físico/psicológico
- Abandono del hogar común
- Condena por delitos
- Alcoholismo/Drogadicción
- Prostituir al otro cónyuge u a los hijos
Para estos casos listados, no es necesario acreditar el cese de convivencia.
5.¿Quiénes pueden solicitar el divorcio y cuáles son sus requisitos?
Solamente los cónyuges pueden solicitar la acción judicial, cualquiera de los dos, mediante la situación que vivan.
El divorcio de mutuo acuerdo
Tal y como indica el enunciado, para cumplir con los requisitos en este caso, han de estar ambas partes de acuerdo a deshacer el vínculo matrimonial y que así lo pidan al Juzgado Familiar. Además han de transcurrir tres meses desde la ceremonia. En sí la petición es un escrito que tiene como objetivo el Juez, en que uno pide el divorcio, y el otro, de acuerdo, se adhiere a la misma petición.
Ventajas: Menor coste, mayor rapidez.
El divorcio contencioso
También se requiere de un plazo de tres meses desde la celebración del matrimonio. En este caso solo se requiere a uno de los dos para iniciar el proceso, que será quien presente las medidas y efectos por los cuales solicita tal acción jurídica y lo deja en manos del Juez de Familia.
Inconvenientes: Todo se hará por duplicado, por cada una de las dos partes, además al no haber consenso, esta vía es la más lenta y mas costosa.
6.Cambiar de divorcio contencioso a divorcio de mutuo acuerdo, ¿Se puede?
Si, solo es necesario modificar la solicitud pidiendo que se continúe el procedimiento por la vía del divorcio por mutuo acuerdo, siendo necesario la presentación del convenio regulador correspondiente. Obviamente todo esto siendo que cada cónyuge esté de acuerdo con aceptar la separación.
7.¿Qué documentación se requiere?
Para iniciar el proceso es necesario presentar el acta de matrimonio y la partida de nacimiento de los hijos en el caso que los haya. Además en caso del divorcio contencioso anteriormente explicado, se presentará el proyecto y las medidas de la misma solicitud.
Los documentos son:
- Certificado de nacimiento de los hijos en caso de que los hubiese. También se solicitará en el Registro Civil.
- Poder General para Pleitos: es una escritura pública en la que se otorgan poderes al Abogado y al Procurador, para que puedan actuar en el Juzgado en defensa y representación de los cónyuges.
- Si se solicitan medidas de carácter patrimonial, el cónyuge que las solicite deberá aportar los documentos que permitan evaluar la situación económica. Si no cuenta con ellos deberá solicitar los mismos a través del Juzgado
- Algunos Juzgados exigen el certificado de empadronamiento o residencia acreditativa del domicilio de los cónyuges.
- Además, en los casos de divorcio de mutuo acuerdo, será necesario presentar la propuesta de convenio regulador, firmado por ambos cónyuges.
8.¿Llevo años separado/a de mi pareja, estoy divorciado/a?
Eso es un requisito de algunos casos para comenzar el trámite, pero para poder estarlo, obligatoriamente haz de empezar por la demanda de divorcio en el Juzgado.
9.¿Después de todo el proceso, cuánto tiempo se tarda en estar finalmente divorciados?
Una vez que el Juez efectúe la sentencia, si nadie la impugna, solo son necesarios quince días y acudir al registro civil, donde se realiza la nueva anotación.
10.¿Qué tiempo debe transcurrir para pedir el divorcio por la causal de abandono de hogar?
Si la causa del abandono del hogar es sin causa justificada, solo se piden 6 meses transcurridos para solicitarlo.
En caso de ser justificado, será de un año el tiempo necesario.
Mientras que si a pesar de ser con causa justificada, y ser sin causa aceptada, será de 2 años.
Para los dos primeros casos de separación quien se queda en el hogar y es el “abandonado”, es quien puede iniciar el proceso de separación, mientras que en el último caso, cualquiera de los dos puede iniciar la demanda de separación.
11.¿Qué es reducción de alimentos?
Cuando se pactan o negocian la separación de bienes y la manutención de los hijos, según la situación del cónyuge que tiene que dar la paga por la manutención de los hijos, puede ser que en un futuro cambie, bien sea por que se queda sin trabajo, o porque sus hijos se independizan. En este caso puede iniciar una demanda al Juzgado para presentar su nueva situación y pedir que se reduzcan estos cargos.
12.¿Puedo cambiar mi régimen matrimonial?
Sí, siendo ambos cónyuges mayores de edad, y para ello se ha de presentar una solicitud al juez de familia, demandando el cambio de régimen, podrá ser de dos tipos diferentes:
El de separación total de bienes: En este caso, cada uno de los cónyuges conserva bajo su nombre todo lo que ya poseía, y conserva también todo lo que adquiera después, (sean herencias, compraventas, o donaciones), y podrá administrarlo como quiera.
El de participación en los gananciales: Por otro lado, cada uno tiene derecho a la participación de administrar y disfrutar los bienes del otro cónyuge que tuviese antes de la unión, mientras este régimen sea efectivo.
13.¿Se paga la pensión alimenticia también a la ex esposa?
Si, siempre y cuando no tenga ningún ingreso está en su pleno derecho de solicitarlo.
14.¿Hasta qué edad los hijos tienen derecho a pensión alimenticia?
Hasta la mayoría de edad o 25 años demostrando que están estudiando.
15.¿Cuánto tiempo tengo que esperar para solicitar un divorcio?
Un periodo comprendido de doce meses.
16.¿Qué es el Divorcio Express?
Cuando la pareja, está de acuerdo en que desean romper con el enlace matrimonial (siendo de mutuo acuerdo) pueden solicitar al cabo de tres meses, el divorcio express. Para ello necesitarán contratar un abogado que le haga todo el trámite y solicite la demanda al juez de familia correspondiente. Además también será necesario contratar los servicios de un procurador.
17.¿Se puede denunciar a uno de los cónyuges por maltrato y ante qué autoridad?
La Ley Orgánica 1/2004, de 28 de diciembre, de Medidas de Protección Integral contra la Violencia de Género, en su artículo 1.1.
Se define como el poder de los hombres sobre las mujeres, incluso en muchas ocasiones se ha intentado llevar al lado anti-constitucional en el caso que una mujer golpee a un hombre, o en el caso de parejas del mismo género, pero siempre se dictaminó nulidad en ese caso.
No obstante tanto en maltrato físico, como psicológico, hay que denunciarlo cuanto antes, y entregar las pruebas para que puedan ser comprobadas, para posteriormente presentarlo ante la administración pública correspondiente.
18.¿Y si uno de los cónyuges no está de acuerdo en la separación?
Para poder divorciarte tienen que haber unos motivos, y estar justificado. El juez dictaminará la sentencia en función de lo que se exponga como motivo de la solicitud del divorcio.
19.Si me divorcio, ¿Cuánto tiempo tengo que esperar para volver a casarme?
Puedes volver a casarte de forma inmediata una vez hayas regularizado tu situación anterior.