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He recibido una carta de un fondo buitre: ¿Qué hago?

Tras un duro día de trabajo, Manolo llega a casa; revisa su correo, y encuentra una carta de una empresa con un nombre complicado. Le explica que, como consecuencia de un contrato, su banco de toda la vida le ha vendido su deuda a otra empresa. Y le dan un plazo de tiempo para pagar.

¿Qué significa esta carta?

Manolo ha recibido una notificación de cesión de deuda; es decir, su acreedor (el banco que le dio un préstamo) le informa que ha vendido su derecho de crédito (es decir, el derecho del banco a reclamar la deuda) a un tercero (normalmente, una empresa dedicada a este tipo de negocios, a veces llamados –según sus características- fondos buitre) –el nombre es bastante descriptivo de su actividad, principios y objetivos-).

Es decir, a partir de esa fecha, Manolo ya no tiene una deuda con su banco de toda la vida, sino con una empresa que normalmente está domiciliado en un paraíso fiscal y cuya actividad es única y exclusivamente reclamar deudas y cobrarlas (es decir, se dedica a hacer de buitre).

¿Es legal?

Sí. Cualquier persona puede ceder su derecho de crédito (es decir, el derecho a cobrar una deuda) a un tercero. El deudor no puede opinar ni oponerse a dicha cesión.

¿El deudor puede hacer alguna cosa?

Existe en algunos casos una posibilidad llamada derecho de retracto. El derecho de retracto –que se puede usar bajo determinadas condiciones- permite al deudor cancelar la deuda si le paga al comprador de la deuda (es decir, al fondo buitre) el precio por el cual ha comprado la deuda.

En números, y para poder explicarlos más sencillamente, ello significa: Manolo debía 1.000 Euros a Banco A, aunque Manolo nunca estuvo de acuerdo en que debiera ese dinero. Banco A vendió su derecho de crédito a Fondo Buitre por 10 Euros. Si Manolo ejerce su derecho de retracto y paga 10 Euros a Fondo Buitre, no deberá nada ni a Fondo Buitre ni a Banco A (es decir, pagando 10 Euros, habrá cancelado la deuda de 1.000 Euros).

No dude en consultar siempre que reciba una carta de cesión del derecho de crédito a un abogado, pero hágalo de forma rápida; sólo hay nueve días (sí, 9 días) para ejercer el derecho de retracto. Su abogado le informará si puede aplicar el derecho de retracto y cómo hacerlo en cada caso concreto.

¿Y si no ejerzo (porque no quiero o porque no procede) el derecho de retracto?

Si no se ejerce el derecho de retracto, deberemos pagar la deuda al comprador de la deuda (el fondo buitre). No obstante, si Manolo se ve acosado por el fondo buitre (situación que por desgracia se da algunas veces) deberá denunciar dicha situación para obtener la protección de los juzgados y tribunales de nuestro país.

Redacción SF Abogados