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Nueva reforma de la ley de autónomos

Entre los objetivos de la reforma de la ley de autónomos, está el potenciar el empleo por cuenta propia, ayudando a los emprendedores con una disminución de las trabajas burocráticas y más ayudas y subvenciones.

La nueva Ley de Reformas Urgentes del Trabajo Autónomo surge a raíz de una iniciativa de ciudadanos, fruto de un proceso de negociaciones entre los partidos principales del arco parlamentario, y las asociaciones principales de autónomos.

Aspectos principales de la reforma

  • Una de las novedades principales, es la referente a la tarifa plana, en el pago de la cotización a la Seguridad Social. Hasta ahora existía un pago único de 50 euros en los seis primeros meses de la actividad del autónomo. Con la reforma, se amplía el plazo a un año.
  • Una vez que el autónomo deje temporalmente su actividad durante al menos dos años y reanude el trabajo, podrá acogerse a la tarifa plana. Hasta ahora era necesario esperar cinco años. A partir de la reforma es suficiente con dos años de inactividad.
  • Para la incorporación de las mujeres a su actividad laboral, una vez que finalice el periodo de maternidad, podrán acogerse a esta tarifa plana de 50 euros.
  • Aquellos trabajadores autónomos que tengan a su cuidado menores o personas dependientes, se beneficiarán de una bonificación del 100%.
  • Los autónomos podrán deducirse el 20% en el gasto de suministros de agua, gas, teléfono y electricidad, cuando trabajen desde su propio domicilio.
  • El gasto que se derive del teléfono y de Internet, también puede desgravarse hasta en un 50%, cuando se trate de una sola línea telefónica.
  • Cuando los gastos relativos a dietas y manutención se realicen por medios telemáticos, la deducción puede extenderse a 26,67 euros diarios.
  • Los cambios en la base de cotización, pueden hacerse hasta cuatro veces en el año, de la forma más interesante para el trabajador autónomo. Igualmente, pueden darse de alta y baja en la Seguridad Social hasta tres veces a lo largo del año, para cotizar solo cuando haya actividad. A partir de la reforma, los trabajadores autónomos cotizarán únicamente según los días trabajados.
  • En lo que respecta a los autónomos societarios, su cuota se determinará de forma anual en los Presupuestos Generales del Estado, y se desvincula respecto de las subidas que pueda haber en el Salario mínimo interprofesional.
  • Los retrasos en el pago de la cuota penalizaban a los autónomos en un 20%; a partir de ahora, será en el 10%.
  • Hay también novedades en las ayudas a autónomos con alguna discapacidad, ellos o sus hijos, cambios para potenciar la formación en prevención de riesgos laborales, devoluciones del exceso de cotización a la Seguridad Social, en caso de pluriactividad, etc.

Envío de facturas

Tras la reforma de la Ley de Autónomos, el envío de facturas tiene que ser antes del día 16 del mes siguiente en que venza la fecha de IVA de aquellas operaciones objeto de facturación.

Contratación de familiares

Quienes se den de alta por primera vez, en concepto de familiares colaboradores de los trabajadores autónomos, tendrán una bonificación del 50% en los 18 primeros meses, tras el alta en la Seguridad Social.

Redacción SF Abogados