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Jueves, 25 Junio 2020 12:22

Sucesión en la empresa familiar

Las empresas familiares son el gran pilar generador de empleo en nuestra sociedad, siendo básicas para nuestro sistema económico; sin ellas, el tejido empresarial de nuestro país carecería de su estructura fundamental. En España, el porcentaje de empresas familiares asciende al 85%, suponiendo el 70% del PIB.

¿QUÉ ES UNA EMPRESA FAMILIAR?

Se pueden considerar empresas familiares: “todas las sociedades y empresas individuales que desarrollen sus actividades económicas, industriales y de producción de bienes y servicios, o administren y gestionen participaciones directas o indirectas de sociedades que desarrollan tales actividades, y que están participadas de manera significativa por un grupo familiar que actúa con vocación de continuidad bajo una unidad de decisión y dirección, en las que al menos un miembro del grupo familiar interviene de manera efectiva en la gestión de la empresa ostentando la capacidad de decisión sobre los aspectos más relevantes que le conciernen a la sociedad familiar.

En este sentido, se puede entender que la participación significativa del grupo familiar, a los efectos de la definición anterior, supone el cumplimiento de lo siguiente:

  • Que la persona de la familia tenga de manera directa o indirecta una participación igual o superior al cinco por ciento.
  • Que el grupo familiar formado por cónyuges, ascendientes, descendientes y colaterales hasta el cuarto grado inclusive detente conjuntamente de manera directa o indirecta una participación de al menos el 20 por ciento”.

PROCESO DE SUCESIÓN

Teniendo claro el concepto detallado de lo que es una empresa familiar, pasamos a desarrolla el proceso de sucesión, aconsejando que la sucesión de la empresa familiar debe realizarse para salvaguardar de manera efectiva la correcta elección de candidato a suceder, con carácter previo al fallecimiento del fundador. Se trata de un proceso altamente delicado, ya que un alto porcentaje de las empresas familiares no superan el proceso sucesorio de la primera a la segunda generación, y es más del 80% de las empresas familiares las que no superan la sucesión de la segunda a la tercera generación.

¿CÓMO ASEGURAR EL PROCESO DE SUCESIÓN EMPRESARIAL?

Desde nuestro despacho profesional, consideramos que la creación de un Protocolo Familiar que permita la preparación y capacitación de los sucesores, la distribución de funciones, y la relación pacífica entre familia y empresa como elementos fundamentales, hará que el proceso de sucesión sea un proceso que se aleje de ese alto porcentaje al que anteriormente nos hemos referido, convirtiendo la sucesión de la empresa familiar en un paso necesario más para su continuo crecimiento.

A día de hoy, no existe plena conciencia dentro de las empresas familiares de la gran necesidad de tener estructurado un Protocolo Familiar recogido en un pacto o convenio, que beneficie y ayude a la propia empresa a afrontar el reto común de la sucesión, dejando en muchas ocasiones tras el fallecimiento del fundador, muchos problemas que, si se hubieran abordado antes de que ese suceso hubiera tenido lugar, y se hubiera estructurado en un plan de acción familiar, no tendrían la envergadura que desgraciadamente provocan.

Toda empresa familiar quiere reducir al mínimo el gran riesgo de no superar la sucesión, y eso se hace elaborando un metódico Protocolo Familiar que detalle pormenorizadamente los elementos estructurales, económicos y familiares que deben aunarse para que el engranaje de todo ello pueda continuar tras la sucesión. Confiar en que la sucesión no va a conllevar problema alguno al estar la empresa dentro del ámbito familiar, se aleja de la realidad que nos encontramos de forma diaria.

CONTENIDO DEL PROTOCOLO FAMILIAR

Además de la estructuración metódica a la que ya nos hemos referido, deben quedar perfectamente reflejadas las reglas y los órganos de gobierno; las reglas deben estar perfectamente enfocadas a la determinación del trabajo, al funcionamiento y al ejercicio de la propiedad, y los órganos de gobierno deben detallar qué personas formas parte de esos órganos en virtud del todo el plan articulado con anterioridad.

Tras todo lo anterior, debemos dejar claro bajo nuestro criterio profesional, que ese Protocolo Familiar o Pacto Familiar de Sucesión Empresarial, debe ser suscrito tras un estudio fiscal pormenorizado de lo que cada compromiso a adoptar en ese Protocolo va a conllevar en el futuro, para que los miembros de la empresa familiar que va a ser objeto de sucesión puedan conocer todos y cada uno de los aspectos que vayan a influir de manera directa o indirecta en cada una de sus decisiones.

Es decisivo para una empresa conocer todos los impuestos que se devengarán tras la sucesión, y la disposición y posibilidad de afrontar los mismos. Evitar el miedo que en muchas ocasiones genera la sucesión generacional de una empresa que ha sido todo para la familia, es fundamental para que no surjan imprevistos futuros que pueden derivar en la quiebra de esa empresa que ha dado tanto durante generaciones a la familia.

Law&Press