El ámbito judicial no escapa de estos pictogramas, pues ya son varias las sentencias que han sido emitidas, tanto acusatorias como absolutorias, en función del emoji propuesto como prueba, tal como ha expuesto la joven investigadora Ana Rodríguez, profesora de Derecho Procesal de la Universidad de Santiago de Compostela.
PRIMEROS CASOS DE EMOJIS
Rodríguez ha impartido una ponencia sobre este tema en el marco de una jornada sobre la situación actual y perspectivas de futuro de la justicia digital en España y la UE celebrada en Cáceres.
Uno de los primeros casos fue en 2015, según ha expuesto la investigadora, cuando un joven neoyorquino colgó un mensaje en Facebook con los emojis de un policía y tres pistolas, por lo que fue detenido y procesado por un delito de amenaza terrorista.
También ha sucedido en Francia, donde en 2016 un hombre fue condenado a tres meses de prisión por enviar a su expareja el emoji de una pistola.
De hecho, la compañía americana Apple ya eliminó este emoji y lo sustituyó por el de una pistola de agua, algo por lo que la joven investigadora se ha preguntado "qué hubiera pasado judicialmente con este francés" con este nuevo emoji o si hubiera tenido un iPhone.
Y es que, según ha apuntado, existen diferencias de formato de las imágenes entre las distintas plataformas, algo a lo que se une "la subjetividad al interpretar el significado del emoji".
Por ejemplo, el llamado "Face With Look of Triumph", una cara resoplando, significa satisfacción por el trabajo bien hecho, pero la mayoría de la gente cree que tiene connotación de enfado.
"La interpretación de los emojis no es unívoca, hay ambigüedades, y eso puede generar problemas. Además, hay diferencias de formatos entre las plataformas", ha insistido esta profesora, quien entiende que estos emojis ayudan a veces a desentrañar el sentido de un mensaje, pero no siempre.
LA AMBIGÜEDAD BENEFICIA AL ACUSADO
En España también se han dado casos en los que la ambigüedad ha beneficiado al acusado. La Audiencia Provincial de Barcelona juzgó a un hombre por un presunto delito de amenazas por enviar a la denunciante el siguiente texto: "ya verás tú cuando salgamos de aquí" seguido del emoji del "pulgar hacia arriba", algo que "no tiene connotación negativa, en principio", por lo que fue absuelto.
"Las dudas que puede suscitar la interpretación del mensaje del emoji no pueden decantarse en perjuicio de la persona acusada; es el caso in dubio pro reo", ha afirmado.
Otro caso similar fue el de una mujer que denunció a su expareja en Cantabria por enviarle un mensaje con los emojis de "una diana", "las caras de una mujer y un hombre" y "una pistola".
Mientras la denunciante sostenía que el hombre aludía a su nueva pareja, el juez interpretó que también podría referirse a que el acusado se quería suicidar por no ser capaz de superar la ruptura matrimonial, por lo que fue absuelto.
TAMBIÉN SIRVE COMO PRUEBA
Pero en ocasiones sirve como prueba, como en un caso civil en Valladolid en el marco de una discrepancia en el número de horas de uso de una máquina arrendada.
Se mostró como prueba una conversación por Whatsapp en la que la parte actora escribió "Horas totales. Total 272 horas" al demandado, quien respondió con el emoji del "pulgar hacia arriba". Tuvo que abonar 5.000 euros más.
"El Juzgado de Primera Instancia no le dio ninguna importancia al emoji al considerarlo dentro de una comunicación informal, pero la Audiencia Provincial dijo que ese emoji muestra pleno acuerdo con el número de horas totales", ha detallado la joven investigadora gallega.
También en Alicante se han visto emojis en sentencias judiciales, como en la referida a un hombre que quebrantó su condena por acoso de prohibición de comunicarse con la víctima, tras mandar emojis a su expareja.
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