El robot.txt del BOE consiste en una interminable lista de comandos que aglutina cientos de URLs del órgano dependiente del Ministerio de la Presidencia, que no se pueden encontrar en los buscadores. Algunas de estas páginas web se remontan a 1967, pero tras un arduo repaso por la mayoría de ellas se puede atisbar fácilmente un denominador común: gran parte son indultos.
Por ejemplo, si elegimos al azar el correspondiente al 12 de junio de 2008 nos encontraremos con tres indultos. El primero que comprobamos es de una persona cuyo nombre y apellidos son los mismos que los de una candidata de Convergència i Unió a las elecciones municipales del Municipi de L’Hospitalet de Llobregat. Fue condenada por el Tribunal Supremo como autora de un delito continuado de estafa informática, a la pena de tres años y seis meses de prisión. Pero no fue a la cárcel porque el Ministerio de Justicia decidió indultarla. Tras incluirla el BOE en el robot.txt, esta información ha quedado prácticamente enterrada en la red.
No es la única. Numerosos enlaces desde la década de los 70 contienen indultos a distintas personalidades. Todas y cada una de estas direcciones ya no aparecen en los buscadores pero siguen estando en internet. Según ha explicado a Teknautas Pablo Fernández Burgueño, abogado del despacho Abanlex, "el BOE puede estar retirando de los buscadores esta información por iniciativa propia, en el caso de que crea oportuno que perjudica a alguien en particular, o tras recibir una solicitud de derecho al olvido. Hay que tener en cuenta que muchos usuarios están pidiendo la retirada de algunos datos en internet tras la sentencia contra Google".
La inclusión de links concretos en el listado robots.txt del BOE se hace mediante la Agencia Estatal del Boletín Oficial del Estado, y puede estar solicitada por el afectado, por la Agencia Española de Protección de Datos (de oficio o a instancia del afectado), por el organismo que ordenó realizar la publicación (de oficio o a instancia del afectado), o, por último, el propio BOE.
La ley prevé que se puede desindexar de oficio cuando se haya comprobado la ilicitud de la publicación o los datos dejen de ser útiles para la finalidad para la que hubieran sido recogidos. Desde Teknautas hemos preguntado al BOE cuál es el procedimiento que sigue y sobre todo los criterios, pero en el momento de escribir este artículo todavía no se han pronunciado.
UNA HERRAMIENTA QUE TIENE MUCHOS INCOVENIENTES
Para el abogado Luis Gervas de la Pisa, responsable del Código del Derecho al Olvido, publicado en el BOE, y miembro del sitio web Salirdeinternet, "la inclusión de enlaces en el listado robots.txt por parte del BOE genera evidentes problemas como por ejemplo que estén en abierto y que con mínimos conocimientos técnicos se pueda consultar por cualquiera. En este listado se pueden encontrar hasta sentencias del propio Tribunal Constitucional. Además, se corre el riesgo de que esos enlaces se vuelvan a indexar por Google tras un tiempo, pero de forma aún más perjudicial".
"En cualquier caso, el BOE actúa siguiendo las recomendaciones de la AEPD, que en 2011 rechazó hasta en dos ocasiones sus quejas al respecto. Pasados los años, cabe plantearse recurrir a otras técnicas de desindexación, sobre todo teniendo en cuenta que incluso Google recomienda otros sistemas", ha añadido de la Pisa.
El BOE no es el único organismo que utiliza el estándar de exclusión de robots. La Casa Real también lo empleó para eliminar de su sitio web todo rastro de Iñaki Urdangarin. Aunque sin mucho éxito ya que algunas páginas, como por ejemplo web.archive, todavía conservan las URL originales.
De cualquier forma no hay que olvidar que este archivo no garantiza el aislamiento, ya que puede darse el caso de que un buscador elimine de sus búsquedas la información, pero otros no. Google en concreto pone a disposición de sus usuarios una guía práctica para bloquear URLs con archivos robot.txt.
Periódico Digital El Confidencial