Este tipo de financiación nació en el año 2013 y, desde entonces, el número de nuevos proyectos ha crecido exponencialmente. La plataforma Ethereum, por ejemplo, recaudó en julio de 2014 18,4 millones de dólares. En enero de 2018 ya constaban 330 ICOs activas en el mundo y, desde ese mes hasta octubre del mismo año, se recaudaron más de 4 billones de dólares en todo el planeta por este mecanismo. La ICO más rápida conocida recaudó 35 millones en 24 segundos.
Pero no es oro todo lo que reluce. Muchas de las ICOs no han funcionado, han quebrado o han rozado la estafa. Un claro ejemplo es el de la cripto start-up Envion, que recaudó más de 100 millones de dólares y, sin siquiera empezar su actividad, se encuentra ahora en situación de quiebra.
Además, no todos los proyectos presentados como ICOs son viables, reales o pueden apoyarse en la tecnología blockchain. El inversor hará bien en estudiar todos los aspectos que rodean la ICO, y no solo lo que se anuncia oficialmente.
Para poder lanzar una ICO hay que hacer antes un estudio muy concienzudo del negocio que se pretende introducir, de su viabilidad, del mercado y, por supuesto, de qué aporta la tecnología blockchain. Ejemplos de ICOs exitosas hay muchos: Civic, Eos o Polybus. Antes de lanzarse a esta aventura, es recomendable estudiar por qué éstas triunfaron y valorar también los errores de aquellas que fracasaron.
Por eso, hay algunas recomendaciones que conviene seguir. La primera es tener clara la idea de negocio y de modelo económico. ¿Por qué un negocio puede atraer la atención de posibles inversores? ¿En qué aspecto puede destacar el negocio con tecnología blockchain? Además, debe quedar muy claro por qué el nuevo proyecto puede estar asociado a tokens que los inversores adquirirán. Es decir, por qué un token puede estar asociado al negocio. No todos los negocios son idóneos para el lanzamiento de una ICO ni los tokens no pueden ser metidos con calzador. En casos así, es mejor dejarlo.
Por otro lado, la garantía de seguridad jurídica es fundamental para el inversor. Se trata de evitar que, una vez lanzada la ICO, el supervisor del país intervenga en el asunto con la imposición de sanciones por incumplimiento de la normativa. Es también muy importante elegir bien el país desde donde se lanza la ICO. En España, por ejemplo, la CNMV está siendo muy rigurosa y muchas empresas prefieren empezar en el extranjero (Suiza, Liechtenstein, Estonia o Singapur). Además, dentro los aspectos legales, hay que estudiar también la implicación fiscal y tener mucho cuidado de no lanzar un producto que roce la estafa.
En cuanto a la comunicación, las campañas de ICOs se desarrollan principalmente por internet. Por eso es crucial tener abiertos canales de comunicaciones flexibles y ágiles. Habrá que estar preparado para controlar estos canales porque es posible que se acerquen estafadores que creen links similares al proyecto con objeto de conseguir beneficios de manera ilegal. Igualmente, respecto al desarrollo técnico del proyecto, es clave contar con un equipo técnico solvente y capaz de hacer frente a dificultades como el hackeo de terceras partes.
En este entorno blockchain, es clave entender el papel de los tokens. Los tokens son un nuevo activo digital que puede llevar aparejados derechos, obligaciones, acciones, etc... y que pueden ser programados para distintas finalidades. Los token shares, por ejemplo, son considerados cripto acciones de la empresa; los credit tokens funcionan como créditos a corto plazo a cambio de un tipo de interés. En cualquier caso, en una ICO habrá que preparar una oferta para el inversor en la que se detalle de manera clara el plan de adquisición inicial de tokens y también su distribución posterior.
En España no existe una regulación expresa de las ICOs, pero serán de aplicación en todo caso la Ley del Mercado de Valores y la Ley de Servicios de Inversión. Además, los valores emitidos a través de ICOs que puedan considerarse valores negociables quedarán sujetos a la Ley del Mercado de Valores y a otras normas como las MiFID II y la Directiva de Folletos.
Los casos en los que una ICO en España puede no quedar sujeta al control administrativo son muy limitados, por eso muchos emprendedores lanzan sus ICOs en otros países. Ante esta situación, la autoridad española debería proteger este tipo de emprendimiento, sustentar a nuestros emprendedores y evitar su fuga para que no sean otros los que apuesten por nuestro país.
Cinco Días