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Martes, 24 Diciembre 2019 06:16

España: cómo no afrontar una revolución tecnológica

En toda revolución (tecnológica, en este caso) cada país debe escoger cómo afronta la situación.

Así, algunos países han decidido, como es el caso de China, establecer un plan quinquenal para la introducción de las nuevas tecnologías, apostando de forma muy firme por el 5G y por la llamada tecnología de registros distribuidos (DLT, y, la más conocida de ellas, el blockchain) y creando un marco legislativo, político, social y económico que favorece el desarrollo de estas tecnologías.

España, pero, no sigue este camino. La aprobación de la llamada “Ley de mordaza digital”, mediante una figura extraordinaria (el Real Decreto-Ley), sin consultar a los agentes implicados, sin celebrar un debate en el seno del Congreso de los Diputados y de forma rápida y con una calidad (legislativa y técnica) más que discutible, es un nuevo freno al desarrollo de nuestro país.

Y un nuevo ejemplo de incapacidad de afrontar la Revolución 4.0, que se añade a otros tantos casos, como el de la gig economy, donde hemos visto como la regulación de la actividad de empresas como Uber, Cabify o Glovo generaba incertidumbre e inseguridad; sin duda, estamos ante un gran error estratégico que está cometiendo nuestro Estado.

Europa, que no siempre es la primera de clase en lo que a regulación de nuevas tecnologías se refiere, inició un procedimiento para la regulación de las nuevas tecnologías tipo blockchain en enero de 2018, es decir, hace casi dos años.

Además, Europa ha iniciado proyectos en cuatro áreas específicas, con la firme voluntad de introducir esta tecnología en el día a día de la sociedad y de la administración, buscando la colaboración del sector público y del sector privado.

Parece claro, por tanto, que España se ha separado de la vía europea en el desarrollo de la legislación de las nuevas tecnologías, siendo un claro ejemplo esta nueva legislación, contraria al espíritu de la legislación europea, y que supone un freno al desarrollo de la tecnología blockchain.

De forma detallada, la nueva legislación establece, entre otros, que no se podrán establecer sistemas de identificación sin autorización previa de la Administración General del Estado, se obliga a que los servidores usados por las administraciones públicas estén ubicados en la Unión Europea (o en España, según la importancia de los datos) y se prohíbe el uso de la tecnología DLT hasta que exista una regulación en España.

El hecho que las administraciones públicas, en un momento de crisis política -y, por tanto, un momento en que se extrema la prudencia- se encuentren con un obstáculo muy importante para el desarrollo de esta nueva tecnología, es una mala noticia. Y ello por cuanto la colaboración público-privada, tan necesaria para el desarrollo de tecnologías cuya monetización es difícil de prever, se vuelve inviable cuando las administraciones no pueden participar.

David Figueras Batet, CEO de MilContratos.com