Entrevista a Elvira Tejada de la Fuente, Fiscal de Sala Coordinadora en materia de Criminalidad Informática.
¿CUÁLES HAN SIDO LAS PRIORIDADES DE ACTUACIÓN DE ESTA FISCALÍA EN EL ÚLTIMO AÑO?
“La red de Fiscales, como equipo de trabajo, ha reflexionado mucho acerca de las condiciones y garantías con que han de utilizarse las herramientas de investigación tecnológica, teniendo en cuenta que su uso puede incidir en derechos fundamentales.
Concretamente respecto de aquellas más relacionadas con la investigación de la delincuencia en la red como la incorporación al proceso de los datos informáticos almacenados por terceros, el registro de dispositivos informáticos —tanto registro de dispositivos incautados como registro remoto de sistemas informáticos—, y la figura del agente encubierto online.
También se pueden plantear problemas de carácter técnico- jurídico con el uso de otras técnicas de investigación de carácter más general, como la interceptación de comunicaciones o la colocación de instrumentos para la captación del sonido y de la imagen, pero nuestra atención se ha centrado especialmente en las que más se utilizan en la investigación de la ciberdelincuencia.
En definitiva, se trata de hacer posible la utilización de información almacenada en dispositivos y sistemas informáticos respetando plenamente las garantías exigibles para que dicha información pueda servir como medio de investigación y de prueba. En este ámbito ha de alabarse el buen trabajo realizado por la Secretaria Técnica en la elaboración de las cinco Circulares publicadas este año y a cuya elaboración hemos contribuido, en la medida posible con nuestras aportaciones como área de especialización”.
También seguimos ahondando en el análisis y valoración de las figuras delictivas que fueron incorporadas y/o modificadas en la reforma del C. Penal del año 2015. En relación con muchos de estos tipos penales no contamos todavía con doctrina y jurisprudencia consolidada y por ello es tan importante ir unificando criterios para ofrecer respuestas a las nuevas situaciones fácticas ya los problemas jurídicos que se van generando.
Por otra parte ha de reseñarse igualmente el esfuerzo que se está realizando a nivel internacional tanto en el marco de la UE como en el del Consejo de Europa para hacer posible una mayor armonización normativa y un reforzamiento de la cooperación internacional, dado que las actividades delictivas que se cometen a través de la red trascienden las fronteras de los Estados.
Debido a ello es muy fácil que las evidencias del delito puedan estar almacenadas en un servidor que se encuentra en otro país y por ello es esencial articular herramientas trasnacionales que nos permitan acceder a esa información respetando, al tiempo, la soberanía de los Estados y los derechos y las libertades de todos los ciudadanos.
“Entre nuestras prioridades se encuentra también la de fomentar la colaboración y las relaciones institucionales -buscando el intercambio de conocimientos y experiencias- con entidades u organismos que, aun no actuando en el ámbito de la ciberdelincuencia, desempeñan su actividad en el marco más amplio de la prevención y de la protección de la seguridad en el ciberespacio como la Agencia Española de Protección de datos, el Centro Nacional de Protección de Infraestructuras y Ciberseguridad (CNPIC) o el Instituto Nacional de Ciberseguridad (INCIBE). ”
¿QÉ HECHOS DELICTIVOS PROLIFERAN EN LA RED?
“Las estafas son los delitos que más se denuncian en la red. Según los datos provisionales de la Memoria de 2018, aproximadamente suponen un 61% de los ciberdelitos registrados judicialmente. No obstante, hay que tener en cuenta que si alguien comete una estafa a través de internet y 40 personas resultan perjudicadas, a efectos estadísticos son 40 denuncias, aunque pueda tratarse de una misma actividad criminal. Es decir, muchas de esas denuncias son aspectos parciales de una actividad compleja que abarca a muchos perjudicados.
Además, dentro del concepto de estafa hay una diversidad muy amplia de acciones delictivas, como las defraudaciones que se cometen a través de manipulaciones informáticas o las que se sirven del uso irregular de tarjetas de crédito”.
“El hecho de que el volumen más importante de procedimientos judiciales por ciberdelitos corresponda a las estafas, no quiere decir que estos sean los delitos que más se comete en la red. Más bien significa que son los delitos que más se denuncian. Sin embargo hay otros muchos hechos ilícitos que se cometen en la red con mucha frecuencia, que nadie denuncia y en los que intervención a efectos de su persecución y sanción se realiza de oficio, como por ejemplo los ataques informáticos a empresas o entidades que no se suelen denunciar por los efectos que puedan tener en la reputación de los afectados, o los relacionados con actividades de pornografía infantil o de acoso a través de la red”.
¿CÓMO SE ARTICULA LA COORIDNACIÓN CON LOS CUERPOS POLICIALES?
“Es una coordinación muy intensa. Contamos en nuestra sede central con sendas oficinas de enlace con el Cuerpo Nacional de Policía y con la Guardia Civil y trabajamos conjuntamente con ellos tanto en investigaciones concretas como en la definición de criterios de carácter general en la aplicación o interpretación de las distintas normas jurídicas. Tenemos muy en cuenta sus opiniones porque son opiniones de carácter técnico que complementan el análisis jurídico y enriquecen el valor de nuestros dictámenes e informes. La colaboración también es muy fluida y positiva con Mossos d’Esquadra, la Ertzaintza y la Policía Foral Navarra”.
¿CÁLES SON LOS RIESGOS DE ESTOS INSTRUMENTOS COMO EL BLOCKCHAIN Y LAS CRIPTOMONEDAS?
“Es un tema que trasciende mucho el ámbito de actuación de esta especialidad. Es una materia compleja. El blockchain es una nueva forma de establecer las relaciones entre los ciudadanos a partir de una tecnología revolucionaria, basada en un sistema de control y gestión de las transacciones descentralizadas y sin intermediarios, que lleva a cabo la propia comunidad de usuarios. El desarrollo de las criptomonedas es una de las aplicaciones que se apoya en la tecnología blockchain. El valor de la criptomoneda lo da la propia comunidad”.
“El impacto del uso de las criptomonedas está teniendo importantes consecuencias en los procesos penales sobre las que estamos intentando profundizar a través de actividades formativas. Encontramos dificultades a la hora de investigar las conductas delictivas en las que se usa moneda virtual por falta de normativa en la que apoyarse. También se está detectando mayores dificultades para seguir el rastro del dinero o ganancias ilícitas cuando hay criptomonedas de por medio.
Por el momento no existe una regulación específica respecto a los llamados exchangers – plataformas de compra y venta de criptomonedas- de forma que cuando les pedimos información a esas casas de cambio, donde se pueden adquirir y vender las criptomonedas dependemos de su voluntarismo, de forma que a veces nos dan la información y otras no sin que tengamos mecanismos legales para obligarles a facilitar dicha información. Otra de las consecuencias perversas de este nuevo sistema es el blanqueo de dinero. Cuando las ganancias del delito se blanquean a través de criptomonedas es muy difícil seguir ese rastro”.
Diario Jurídico