El pasado mes de septiembre el Tribunal de la Cámara de París condenó a Google Francia a suprimir ciertos enlaces a artículos difamatorios, basándose en la jurisprudencia sentada por el TJUE. Después de que la compañía se limitase a aplicar la decisión judicial únicamente a la terminación .fr correspondiente al país galo, el mismo órgano ha declarado ahora que esta medida es insuficiente obligando a Google a extenderla al resto del mundo, además de tener que pagar una sanción por cada día de retraso y una indemnización a las víctimas.
"No se puede proteger a una persona frente a unas direcciones IP determinadas. Eso es absurdo" Según ha explicado a Teknautas Cristina Sirera, experta en protección de datos del despacho de abogados Elzaburu, "los jueces están empezando a entender lo que es internet. En este supuesto de hecho, ante un caso que daña el honor han entendido que lo daña no solo en Francia sino en todo el mundo. Cualquier persona que lo busque en otro país lo encontrará".
"El tribunal francés dice que el derecho al olvido tiene que aplicarse a todas las extensiones. Es decir, en todo el mundo. En este caso en concreto Google lo aplicó solo en Francia pero eso es absurdo porque si te conectas desde Google España, Rusia o China podrás encontrar los datos. No se puede proteger a una persona frente a unas direcciones IP determinadas", ha añadido Pablo Fernández Burgueño, abogado del despacho Abanlex.
Este último bufete madrileño que derrotó contra todo pronóstico a Google consiguiendo que el TJUE reconociera el derecho al olvido, ha reconocido a este diario que Google solo retiró los datos de su cliente Mario Costeja en los dominios con extensión europea, y ha anunciado que harán lo posible para que esto se extienda al resto del mundo. "Estamos pendientes de que la Audiencia Nacional siga el procedimiento. En cuanto lo haga lucharemos por que se cumpla del todo la sentencia no solo para los ciudadanos europeos, sino para el público en general", ha explicado Burgueño.
EL DERECHO AL OLVIDO SE LE ENQUISTA A GOOGLE
La normativa europea no especifica claramente el ámbito de aplicación del derecho al olvido, lo que ha dejado la puerta abierta a este tipo de interpretación que le puede dar más de un dolor de cabeza a Google.
La Directiva de protección de datos de la UE en su artículo 1 explica que: "Los Estados miembros garantizarán, con arreglo a las disposiciones de la presente Directiva, la protección de las libertades y de los derechos fundamentales de las personas físicas y, en particular, del derecho a la intimidad en lo que respecta al tratamiento de los datos personales".
Pero es que además la propia sentencia del TJUE asegura en su última conclusión y en los apartados 97 y 99 de la misma que las personas físicas que ejerciten su derecho al olvido sobre un responsable obligado por la normativa de la Unión Europea, "podrán solicitar que la información de que se trate ya no se ponga a disposición del público en general mediante su inclusión en tal lista de resultados". Haciendo alusión, una vez más, a todo tipo de usuarios. No solo a los referidos a un área en concreto.
La sentencia del tribunal francés no ha sido la única advertencia que ha recibido Google en estos días. El Grupo de Trabajo del Artículo 29 (GT 29), que está integrado por las autoridades de Protección de Datos de todos los Estados miembros, ha escrito a Larry Page recordándole que debe cumplir con la obligación de llevar a cabo el derecho a la cancelación de datos.
De momento, varias agencias de protección de datos europeas ya han multado a Google por haber incumplido la normativa de privacidad. Aunque algunos críticos con la tecnológica se han quejado de que la cuantía de estas sanciones es pequeña en comparación con los ingresos que obtiene.
En la actualidad Google está llevando a cabo varias consultas en distintas capitales europeas para debatir sobre el equilibrio entre la privacidad y la libertad de información.
Periódico Digital El Confidencial