La intención de esta nueva normativa, llamada PSD2, es crear un marco integrado para este tipo de pagos en la Unión Europea. También se pretende enfrentar los nuevos desafíos y cambios que vendrán generados por este tipo de pagos.
NUEVOS SERVICIOS DE PAGO
La nueva normativa trae algunas novedades importantes. Una de ellas es que se abrirá la posibilidad de nuevos servicios de pago.
Una figura que sale reforzada de estas novedades legislativas son los intermediarios entre comerciantes y consumidores, que garantizan el pago directo evitando el uso de tarjetas. Estos servicios son conocidos como servicios de iniciación de pagos.
Otra novedad importante es la de los servicios de información de cuentas o “agregadores de cuentas”. Se trata de entidades que clasifican y gestionan todas las cuentas que un usuario tiene en diferentes organismos, y las agrupan por categorías.
Estos nuevos servicios constituyen una verdadera novedad, ya que se abren las puertas a terceros diferentes del papel tradicional de los bancos. La nueva normativa europea se encarga de regular el acceso de estos nuevos operadores a las cuentas de los clientes de los bancos.
Este acceso a las cuentas puede realizarse para agregar información, como en el caso de los agregadores de cuentas, y también para iniciar un proceso de pago. En cualquiera de estas dos operaciones, se requiere la autorización previa del usuario.
MAYOR SEGURIDAD EN LOS PAGOS ELECTRÓNICOS
Con el fin de mejorar la seguridad en los pagos electrónicos, la reforma incluye la exigencia de una identificación reforzada por parte del cliente, en el acceso online a cuentas.
En la normativa también se reduce de 150 a 50 euros el límite máximo que un cliente está obligado a asumir, por pérdidas asociadas a una operación de pago no autorizada. Como ejemplos de este tipo de situaciones, está el uso fraudulento y la pérdida o robo de la tarjeta de crédito, o de algún otro medio de pago.
También se reduce el plazo que tienen las entidades correspondientes para dar respuesta a las reclamaciones de los clientes de servicios de pago. Con la reforma, este plazo será de 15 días, y no de dos meses como venía siendo con la regulación anterior.
UNA ALTERNATIVA AL PAGO EN EFECTIVO
La normativa europea introduce la obligación para todas las empresas o profesionales de ofrecer a los usuarios algún instrumento de pago contemplado en la nueva ley. Todo tipo de comercios, deberán ofrecer obligatoriamente al cliente una alternativa al pago en efectivo en transacciones superiores a los 30 euros.
Además, este método de pago aceptado deberá anunciarse en algún lugar visible del local o establecimiento.
El texto de la reforma deberá obtener los dictámenes e informes que corresponden, para después volver al Consejo de Ministros. Se aprobará como Proyecto de Ley y se iniciará la tramitación parlamentaria.
Con toda esta información, podrás elegir con tranquilidad el mejor método de pago en tus compras y obtener una mayor protección en tus derechos.
Redacción SF Abogados