1. Implementación de un Programa de Compliance Sólido
Un programa de compliance eficaz es la piedra angular para evitar riesgos penales. Este debe incluir:
- Un código de conducta claro y actualizado.
- Protocolos internos de actuación para la prevención de delitos.
- Mecanismos de control y supervisión.
- Designación de un oficial de cumplimiento (Compliance Officer) con independencia y recursos suficientes.
2. Evaluación y Gestión de Riesgos
Las empresas deben identificar y evaluar los riesgos específicos de su sector y operativa, lo que incluye:
- Realización de auditorías periódicas de cumplimiento.
- Identificación de posibles vulnerabilidades en los procesos internos.
- Implementación de medidas correctivas y de mejora continua.
3. Capacitación y Concienciación de los Empleados
Un equipo bien informado es fundamental para prevenir infracciones. Para ello, las empresas deben:
- Impartir formaciones periódicas sobre compliance y ética corporativa.
- Fomentar una cultura de cumplimiento desde la alta dirección.
- Establecer canales de denuncia anónimos y seguros para reportar irregularidades.
4. Controles Internos y Auditorías Regulares
La detección temprana de irregularidades es clave para evitar responsabilidades legales. Para ello, se recomienda:
- Realizar auditorías internas y externas de manera periódica.
- Implementar controles financieros y operativos eficaces.
- Utilizar tecnologías de automatización para la supervisión de procesos.
5. Revisión y Actualización Constante del Marco Normativo
Las leyes y regulaciones cambian constantemente, por lo que las empresas deben mantenerse actualizadas y adaptar su compliance a las novedades legislativas. Algunas acciones clave incluyen:
- Monitorear cambios en la normativa penal y de compliance.
- Ajustar protocolos y normativas internas según los nuevos requerimientos.
- Contar con asesoría jurídica especializada para prevenir riesgos.
La responsabilidad penal de las empresas no es un tema menor y su incumplimiento puede generar sanciones graves, daños reputacionales y problemas financieros. En 2025, las empresas deben apostar por una estrategia de cumplimiento integral, con programas de compliance efectivos, controles internos rigurosos y una cultura organizacional basada en la ética y la transparencia. Invertir en prevención es la mejor garantía para operar con seguridad y dentro del marco legal vigente.
Legislación:
Código Penal, específicamente en su artículo 31 bis, introducido por la Ley Orgánica 5/2010, de 22 de junio. Esta disposición establece que las personas jurídicas pueden ser penalmente responsables por delitos cometidos en su nombre o por su cuenta, y en su beneficio directo o indirecto, por sus representantes legales o empleados.
La Ley Orgánica 1/2015, de 30 de marzo, modificó y amplió el régimen de responsabilidad penal de las personas jurídicas, detallando las condiciones bajo las cuales una empresa puede ser considerada penalmente responsable y las posibles exenciones si se implementan modelos eficaces de prevención y control de delitos.
Además, la Circular 1/2016 de la Fiscalía General del Estado ofrece directrices sobre la interpretación y aplicación de la responsabilidad penal de las personas jurídicas, proporcionando criterios para evaluar la eficacia de los modelos de prevención implementados por las empresas.
Normativa Europea:
Directiva (UE) 2017/1371: Conocida como la Directiva PIF (Protección de los Intereses Financieros), esta directiva establece normas mínimas relativas a la definición de infracciones penales y sanciones en el ámbito del fraude que afecta a los intereses financieros de la Unión. Incluye disposiciones sobre la responsabilidad penal de las personas jurídicas y exige a los Estados miembros que adopten medidas para garantizar que las empresas puedan ser consideradas responsables de delitos como fraude, corrupción o blanqueo de capitales que perjudiquen los intereses financieros de la UE.
Directiva 2014/95/UE: Esta directiva modifica la Directiva 2013/34/UE en lo que respecta a la divulgación de información no financiera e información sobre diversidad por parte de determinadas grandes empresas y grupos. Obliga a las empresas con más de 500 empleados a incluir en sus informes de gestión información sobre políticas, riesgos y resultados en materia medioambiental, social, de derechos humanos y anticorrupción. Aunque se centra en la transparencia y la responsabilidad social corporativa, su incumplimiento puede derivar en sanciones y responsabilidades legales para las empresas.
Directiva (UE) 2019/1937: Conocida como la Directiva de Protección de los Denunciantes, establece un marco común para la protección de las personas que informen sobre infracciones del Derecho de la Unión. Obliga a las empresas a implementar canales internos de denuncia y protege a los denunciantes contra represalias, contribuyendo así a la detección y prevención de actividades ilícitas dentro de las organizaciones.