BLOCKCHAIN
Blockchain, entenido como tecnología, no se puede regular pero sí que se pueden regular las actividades que la utilizan. Sin embargo, debido a que el desarrollo de las tecnologías es mucho más veloz que el desarrollo del mundo del Derecho en general y, en especial, del Derecho Internacional, obliga a los proveedores y usuarios de esta tecnología a tener un buen asesoramiento legal para evitar problemas en la interpretación de sus servicios.
Entre otros servicios ofrecemos asesoramiento en:
1. Regulaciones KYC y AML (Know your costumer/Anti-Money Laundering): Adaptados para clientes internacionales procedentes de paises con regulaciones fiscales distintas a la UE.
2. Marco jurídico relativo a la naturaleza legal de los blockchains y los ledgers (Libro Mayor de Control de Transacciones) según el marco regulatorio local del negocio.
3.Marco jurídico sobre la validez de los documentos almacenados en blockchain como prueba de posesión o existencia.
4. Marco jurídico para smart contractos, instrumentos financieros, flujo transfronterizo de datos y protección de datos personales y confidenciales.
NFT
El término NFT hace referencia a las palabras Tokens No Fungile, es decir, códigos que certifican la propiedad de un activo, en principio digital, como podrían ser piezas mu sicales, videos, imágenes o cualquier tipo de arhivo de archivo digital. La particularidad de estos bienes es que representan valores únicos y no fungibles, es decir, que no se consumen con el uso.
La naturaleza jurídica de los tokens no está determinada, ya que no están regulados como tal. Por tanto, se deben de tener en cuenta las diferentes implicaciones jurídicas, en función del valor representado por el NFT, como serían Propiedad Intelectual, Derechos de Imagen, Transmisibilidad, etc.
Nuestros servicios incluyen la emisión de NFT. Podría ser una pintura, fotografía, memes, GIFs siempre y cuando sean propiedad de un solo tenedor y su característica sea la rareza para una buena valoración en el mercado. Una vez escogido el bien, se selecciona el proveedor de Blockchain y se configura el Wallet. Una vez realizado ésto, ayudamos a escoger el Marketplace de NFT's más adecuado y finalmente subir el archivo para su vneta.
CIBERSEGURIDAD Y COMPLIANCE TENOLOGICO
Preparamos protocolos de Ciberseguridad y Compliance Tenologico para
DERECHO DEL METAVERSO
DERECHO DIGITAL EUROPEO
Próximamente entrará en vigor la Ley Europea de Servicios Digitales (Digital Services Act o DSA) para regular las mayores plataformas en línea. Entre otras, relevantes innovaciones sobre la legislación actual, por otro lado totalmente ineficaz y desfasada con la realidad digital:
Se aplicará a Servicios de Intermediación a que ofrezcan infrastructuras de red: proveedores de internet, serviciosd e alojamientos de datos, motores de búsqueda, plataformas en línea que reunan a vendedores y consumidores y plantaformas de alta difusión que superen el 10% de los consumidores potenciales totales.
Entre las nuevas obligaciones, cabe destacar las siguientes:
1. Retirada inmediata de contenidos dirigidos a las víctimas de ciberviiolencia y contenidos de tipo ilegal. Asimismo se reconoce a impugar las decisiones de moderación de contenidos de las plataformas por los usuarios afectados.
2. Se deberán establecer protocolos de actuación en los mercados en línea, tanto del tipo: conozca a su cliente (know-your costumer) para que los consumidores estén debidamente informados así como para evitar la venta de productos o servicios ilegales a través de su mercado, como del tipo: trazabilidad de los productos mediante las soluciones tecnológicas actuales.
3. Los motores de búsqueda de gran tamaño (VLOSE-Very Large Online Aearch Engines) serán responsables de llevar a cabo análisis de riesgo de forma rutinaria para rebajar los posibles riesgos asociados ala difusión de contenidos ilegales, afectación de derechos fundamentales, manipulación de los procesos democráticos, afetaciones a la seguridad pública, así como a contenidos que puedan menoscabar los derechos de los menores y afectar a la violencia de género o de cualquier tipo.
4. Patrones oscuros (Dark Patterns) y algoritmos. Tanto en el caso de patrones oscuros, como en el caso de algoritmos no podrán ser diseñados ni usados para ocultar, engañar, manipular o coaccionar a los usuarios para que libremente puedan tomas las decisiones que desean, prohibiendo asimismo los algoritmos discriminatorios basados en el género, raza, religión o especialmente, menores.
En general, se pretende conseguir con el efecto UE un mayor control sobre las plataformas de gran tamaño, que dependerán de la Comisión conjunta de la UE, mientras que las plataformas de menor tamaño, dependerán de cada uno de los respectivos Estados Miembros.